El Gobierno Nacional formalizó, mediante el Decreto 0858 del 30 de julio de 2025, la adopción del Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo como política pública obligatoria.
La norma, firmada por el presidente Gustavo Petro y el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, anticipa buena parte de los cambios estructurales que contempla la reforma a la salud, aun en trámite en el Congreso de la República.
En la práctica, el decreto pone en marcha lo que ha sido denominado por algunos sectores como la “reforma 2.0”, sin necesidad del aval legislativo.
La medida reorganiza el sistema de salud en torno a las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS), que estarán conformadas por prestadores públicos, privados y mixtos, encargados de garantizar la atención continua desde el primer nivel hasta los servicios de alta complejidad.
Uno de los cambios más sustanciales es que todos los pacientes deberán ingresar al sistema a través de Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS), una figura que ya había sido propuesta en la reforma archivada por el Congreso. Desde allí, el acceso a niveles más especializados dependerá de la coordinación directa del Gobierno y la Superintendencia Nacional de Salud, centralizando el flujo de pacientes e información médica.
La ADRES (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud) será la única entidad encargada de la gestión financiera, desplazando a las EPS de este rol. No obstante, las EPS no desaparecen: mantienen 24 funciones administrativas, como la gestión del riesgo en salud, la articulación de redes y el seguimiento de resultados, pero sin capacidad de manejar recursos.
En contraste con el proyecto de ley, el decreto amplía las funciones de las ARL, dándoles un papel más relevante en promoción, prevención y articulación de servicios en el primer nivel de atención.
